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La Importancia de Registrar tu Marca: El Caso de “La Bichota” de Karol G

A finales de agosto, surgió una noticia relevante sobre el registro de la marca “La Bichota”, nombre que Karol G ha venido utilizando desde el lanzamiento de su álbum en 2020. Sin embargo, lo sorprendente es que en 2022, una persona que no tenía relación con la artista intentó registrar esta marca a su nombre, antes de que Karol G lo hiciera. La Situación del Registro de la Marca En marzo de 2023, Karol G finalmente presentó la solicitud para registrar “La Bichota” como marca, pero la situación se complicó porque ya existía una solicitud previa por parte de un tercero. A pesar de que Karol G ha usado públicamente el nombre “La Bichota” desde 2020 y cuenta con derechos de autor sobre su álbum bajo ese nombre, no había registrado la marca. Esto dio lugar a que otra persona aprovechara la oportunidad y presentara una solicitud de registro. No obstante, debido a que Karol G ya venía usando el nombre y cuenta con derechos de autor, presentó una oposición ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), argumentando que el registro de este tercero afectaría sus derechos. Recientemente, la SIC negó la solicitud del tercero, lo que representa una victoria para la artista. Sin embargo, el caso aún no está cerrado, ya que el solicitante original puede apelar esta decisión, alegando que Karol G no había registrado formalmente la marca en su momento. Lección Importante para los Empresarios Este caso destaca la importancia fundamental de registrar nuestra marca cuanto antes. Aunque Karol G pudo defender sus derechos gracias a su uso previo y a los derechos de autor, la mayoría de las marcas no cuentan con este respaldo. En situaciones comunes, quien primero presenta la solicitud de registro es quien tiene la prioridad para obtener los derechos de la marca. Si no registramos nuestra marca, corremos el riesgo de que otra persona lo haga, lo que puede generar complicaciones legales y un posible conflicto de intereses. Además, una vez que alguien más haya registrado una marca, el proceso de recuperarla puede ser largo, costoso y, en algunos casos, infructuoso. Protege tu Marca Hoy Para evitar situaciones similares, es crucial que tomemos acción y protejamos nuestras marcas a través del registro oficial. No dejes que pase más tiempo sin registrar la tuya. En Virtualis y Futurlex, te ofrecemos un estudio de viabilidad de registro de marca sin ningún costo, para que puedas tomar decisiones informadas y comenzar el proceso cuanto antes. Estamos aquí para ayudarte en cada paso del camino y asegurar que tu marca esté protegida. ¡Solicita hoy mismo tu estudio y asegura el futuro de tu marca!

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Ciberseguridad

El Registro de Bases de datos y la Protección de los Derechos de los Ciudadanos

La importancia del Registro Nacional de Bases de datos RNBD se ve reflejada desde la Sentencia C-748 de 2011 de la Corte Constitucional, cuando avaló la expedición de la Ley 1581 de 2012, la cual establece que esta herramienta debe permitir a cualquier individuo determinar quién está tratando sus datos personales. Esto garantiza que las personas puedan tener un control efectivo sobre sus datos, al conocer claramente en qué bases se están manejando sus datos personales. Además, el RNBD cumple con la obligación legal de dar publicidad a la existencia de bases de datos de carácter personal, sirviendo también como una herramienta de supervisión para garantizar la efectiva protección de los derechos de los titulares de los datos. El Cumplimiento y los Retos en la Seguridad de los Datos A pesar de la importancia del RNBD, las estadísticas de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) muestran un panorama preocupante: en promedio, solo el 36.35% de los Responsables del Tratamiento han cumplido con los requerimientos de seguridad indagados por la SIC en el formulario del RNBD en 2023. Esto significa que más del 63.65% de las empresas (grandes y medianas) y las entidades públicas declaran no haber implementado medidas adecuadas y efectivas para garantizar la seguridad de los datos personales. Este dato es alarmante si consideramos que la muestra abarca a 34.402 organizaciones que registraron bases de datos en el RNBD entre 2015 y 2023. Esto refleja la necesidad urgente de no solo contar con herramientas de registro y supervisión, sino también de asegurar que se implementen medidas efectivas para proteger la privacidad y seguridad de los datos personales. Según la normativa vigente, solo las empresas u organizaciones con activos superiores a 100.000 Unidades de Valor Tributario (UVT), equivalentes a $4.706.500.000 COP para el año 2024, tienen la obligación de registrar y mantener actualizadas sus bases de datos en el RNBD. Esta medida busca asegurar que las entidades con un alto volumen de activos cumplan con los estándares de seguridad y privacidad establecidos para el tratamiento de datos personales. La Ley 1581 de 2012 y sus decretos reglamentarios subrayan la relevancia de contar con una política de tratamiento de datos sólida y efectiva. Esta política no solo es un requisito para el registro de bases de datos en el RNBD, sino que también impone obligaciones tanto a los responsables como a los encargados del tratamiento de datos. El incumplimiento de estas políticas conlleva consecuencias legales graves, incluidas sanciones proporcionales a la gravedad del incumplimiento. Estas políticas no pueden ser menos estrictas que los deberes establecidos por la ley, lo que subraya su importancia para la protección y el manejo adecuado de los datos personales. Fechas Clave y Obligaciones en el RNBD Es importante recordar que, a más tardar el 23 de agosto de 2024, se debe efectuar en el sistema del RNBD de la Superintendencia de Industria y Comercio el reporte de reclamos interpuestos por los titulares de datos en el primer semestre del año 2024. Este reporte deberá incluir los reclamos presentados tanto al Responsable como al Encargado del tratamiento y se efectúa de acuerdo con la lista de tipologías de reclamo incluida en el Manual de Usuario del RNBD. Además, hay otros eventos que requieren actualizaciones obligatorias de la información consignada en el RNBD: Cambios sustanciales en la información consignada: La actualización debe hacerse dentro de los primeros diez (10) días hábiles del mes siguiente a su ocurrencia. Generación de una nueva base de datos: Su registro en el RNBD debe realizarse en un tiempo no mayor a dos (2) meses siguientes a su creación.  

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