Después de determinar que cumplía con todos los requisitos establecidos en la Decisión 876 de 2021, un régimen común sobre marcas país aplicable a los países miembros de la Comunidad Andina: Colombia, Perú, Ecuador y Bolivia. La marca no era idéntica a ninguna otra registrada por terceros, ni reproducía marcas, lemas o denominaciones de origen protegidas. Además, no usaba nombres de comunidades indígenas o locales, ni constituía una expresión de su cultura o práctica, y no era contrario a la moral, al orden público o a las buenas costumbres.
Las marcas país, como “COLOMBIA CO EL PAÍS DE LA BELLEZA,” tienen como objetivo promover la imagen del país a nivel nacional e internacional, destacando aspectos como turismo, cultura, gastronomía, producción nacional, exportaciones e inversiones. En el caso de Colombia, la FIDUCIARIA COLOMBIANA DE COMERCIO EXTERIOR S.A. – FIDUCOLDEX – en representación del Fideicomiso de Promoción de Exportaciones PROCOLOMBIA, es el titular de las marcas país protegidas ante la SIC. La protección de estas marcas es indefinida, imprescriptible e inembargable, y no requiere un requisito de uso para mantener su protección.